The update directly addresses the authorization and regulation of a new web-based sales channel for lottery tickets by Uruguay's National Lottery Authority, including technical standards, identity verification, and responsible gaming measures.
Low confidence — requires human review. While the platform incorporates online distribution mechanisms, the update focuses on lottery regulation rather than general online gambling frameworks.
Topic
The update authorizes a new web-based lottery sales channel with mandatory identity validation, biometric verification, and responsible gaming tools, representing a fundamental expansion of the DNLQ's distribution infrastructure and licensing framework.
The new web-based channel incorporates enhanced KYC mechanisms including Level 3 in-person identification and Level 2 remote biometric verification with Proof of Life procedures.
2026-07-17 21:03:44·nsairam@vixio.com
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TITLE: Uruguay's National Lottery and Betting Authority Authorizes Web-Based Lottery Sales Channel
BODY:
On July 15, 2026, Uruguay's National Lottery and Betting Authority (Dirección Nacional de Loterias y Quinielas, DNLQ) issued Resolution No. 134/2026 authorizing a new web-based sales channel for lottery tickets through the platform www.labanca.com.uy, operated by the Collective Betting Bank Agencies (Bancas de Cubierta Colectiva de Quinielas).
The DNLQ modernized lottery commercialization to address the absence of web-based distribution, which currently represents the only gap in the authority's product offerings. The new platform incorporates enhanced identity validation and authentication mechanisms, including in-person identification (Level 3) and remote biometric verification with "Proof of Life" procedures (Level 2). The platform includes responsible gaming tools such as self-exclusion options and deposit limits. Lottery tickets and fractions eligible for digital sale may be purchased up to 60 minutes before draw commencement, matching existing electronic ticket sales procedures. The DNLQ retains authority to suspend, modify, or rescind the channel for public interest, market ordering, or cybersecurity reasons, with no acquired rights granted to operators.
Prizes exceeding 500,000 Uruguayan pesos are paid directly by the DNLQ through a Prize Payment Certificate. Smaller prizes are deposited immediately into user accounts and may be withdrawn via bank transfer or physical agency locations. All transactions are recorded in the DNLQ's central information system with digital signatures and timestamps. The authority will evaluate the measure's impact over a minimum 120-day period and implement corrective measures as necessary. The new web channel operates simultaneously with existing printed ticket and electronic coupon sales, without affecting current distribution arrangements. Implementation applies to all lottery draws commencing from the resolution's effective date.
Ministerio de Economia y Finanzas Direccién Nacional de Loterias y Quinielas RESOLUCION N.° 134/2026 Montevideo, 15 de julio de 2026 VISTO: que existe la necesidad de modernizar el juego de Loteria, dado que actualmente es el Unico producto que carece de comercializacién por canal web, La adopcién de nuevas tecnologias en este ambito resulta clave para incrementar las posibilidades del ptiblico apostador al momento de adquirir sus numeros de Loteria. RESULTANDO: |) que el juego de Loteria contintia y continuara siendo un juego de azar explotado totalmente por el Estado y su recaudaci6n, a lo largo de sus mas de 200 afios de historia siempre vuelve a la sociedad mediante la contribucion econdémica para la financiacion de multiples servicios publicos. Hl) que si bien este juego busca continuar manteniendo su esencia y su funcionamiento tradicional de comercializacion, esta Direccién busca incorporar nuevas alternativas de acceso comercial al producto. Ill) que la Direccién Nacional de Loterias y Quinielas ha autorizado a las Agencias Oficiales de Quinielas, agrupadas en Bancas de Cubierta Colectiva de Quinielas, la utilizacién de un sitio de captacién de apuestas web, bajo e| dominio www.labanca.com.uy el cual contara con sistemas de validacién de identidad y autenticacion reforzada, que incluyan mecanismos de identificacion mediante procedimientos presenciales (Nivel 3)0 remotos con cruce biométrico y "Prueba de Vida" (Nive! 2), herramientas de exclusi6n o auto exclusi6n, con limites de dinero para ingresar a la cuenta de juego y registro inviolable de las compras de billetes 0 fracciones de Loteria, IV) que esta forma de comercializacitn ya esta implementada en la totalidad de las modalidades de juego habilitados por la Direccion Nacional de Loterias y Quinielas, con excepcidn del juego de Loteria, el que actualmente puede ser adquirido sdlo en dos modalidades: billete impreso 0 cupén electrénico impreso en las terminales de juego de Agencias y Subagencias Oficiales de todo el pais. V) que la venta presencial de Loteria con ticket electrénico €s la Unica modalidad que crece desde su implantacion. Comparativamente, en los Ultimos sorteos del “Gordo de Fin de Ano” y “La Revancha de Reyes”, la opcion del cupon electrénico fue la que mas aumenté su venta comparado con anos anteriores. loteria.gub.uy Tel. (+5982) 2916 0376 Cerrito 220, Montevideo - Uruguay Ministerio de Economia y Finanzas Direccién Nacional de Loterias y Quinielas CONSIDERANDO: |) que al inicio de este periodo de gobierno, fue creado el grupo de trabajo: “Producto Loteria” que por iniciativa de la Direcci6n busca aplicar ajustes a fin de lograr una revitalizacién y optimizacién del producto que, desde la serie 10 del 2025 viene mostrando logros. Il) que el producto Loteria Uruguaya es explotado en forma completa por el Estado, quien establece la politica comercial del mismo. Por lo tanto, el mecanismo que hoy se regula, forma parte de las atribuciones de esta Unidad Ejecutora, sin que eso implique en forma alguna la renuncia a la posibilidad de desarrollo futuro de una aplicaci6n especifica y propia, si razones de buena administracion asi lo indicaran. Ill) que se estima que el juego de Loteria debe evolucionar en forma paralela a los requerimientos del mercado, adaptando rapidamente su comercializacion a éstos, de forma tal de lograr una mayor eficacia estatal en su accién reguladora y de contralor en la prestacidn de servicios al ptiblico apostador. IV) que resulta necesario implementar una opcién de venta de billetes de Loteria segura y trazable, desde los distintos dispositivos y que mantengan los mismos requisitos de garantia, seguridad y transparencia ya existentes. V) que este nuevo procedimiento de venta de Loteria, sera simultaneo y de aplicacién conjunta con la comercializacién tradicional de billetes impresos y de documentos electrénicos. La superposicién de regimenes no afectarian a los actuales adjudicatarios de repartos. Vi) la posibilidad de que se ofrezca la venta de Loteria a través de esta nueva modalidad, tanto a usuarios actuales como a los nuevos que se registren en la plataforma autorizada, permitira a esta Unidad Ejecutora aplicar y desarrollar con mayor eficacia las politicas de Juego Responsable y Seguro. Asimismo, facilitara una identificacién mas precisa de los compradores del juego. Vil) que el mecanismo adicional de comercializacién que hoy se reglamenta, podra eliminar ciertas dificultades que complejizan |a llegada masiva de este juego al publico, factor que se prevé incidira positivamente en los resultados obtenidos en las Loterias mensuales. VIII) que la venta del juego de Loteria a implementarse en esta plataforma, coexistira con el modelo actual] con la Unica adicién de un nuevo soporte, manteniéndose el resto de las caracteristicas: valor del uiliste; premios, sorteos y concesionarios habilitados. IX) que la implementacién de este mecanismo de comercializacion, no implica la introduccién de un nuevo juego o producto sino loteria.gub.uy Tel. (+5982) 2916 0376 Cerrito 220, Montevideo - Uruguay Ministerio de Economia y Finanzas Direccién Nacional de Loterias y Quinielas de un nuevo canal de venta, lo que esta enmarcado dentro de las competencias y potestades de la Direccién Nacional de Loterias y Quinielas. X) la licencia otorgada a las Bancas de Cubierta Colectiva de Quinielas para operar el nuevo canal de venta no genera derechos adquiridos. El Estado retiene la facultad de suspender, modificar o rescindir el canal de venta por razones de interés publico, ordenamiento de! mercado o seguridad informatica. ATENTO, a lo expuesto, a lo establecido en los articulos 60 y 61 de la ley 11.490 de 18 de setiembre de 1950 en las redacciones respectivamente dadas por los articulos 27 de la ley 12.276 de 10 de febrero de 1956 y articulo 71 dela ley 13.349 de 29 de julio de 1965, y articulo 103 de ley 19.670 de 15 de octubre de 2018; Decretos 290/977 de 25 de mayo de 1977, 319/977 de 8 de junio de 1977 con las modificaciones de! Decreto 14/021 de 11 de enero de 2021, 540/979 de 26 de setiembre de 1979, 370/2008 de 4 de agosto de 2008, Decreto 56/019 de 19 de febrero de 2019; normas concordantes y complementarias; las respectivas resoluciones, y lo informado por la Asesoria Letrada y el Area de Loterias, LA DIRECCION NACIONAL DE LOTERIAS Y QUINIELAS RESUELVE: 1°) Iniciar la comercializacién de un nuevo canal de venta en la modalidad web para el juego de Loterias, a través de la plataforma mobile de “labanca,com.uy’”. 2°) Se establece la posibilidad de comercializar este juego mediante todos los soportes materiales, informaticos, telematicos, dispositivos médviles o interactivos existentes en el mercado, que presten una garantia plena a los consumidores. 3°) Podran ser objeto de esta nueva forma de comercializacidn, los numeros enteros de Loteria y/o fracciones que formen parte de los destinados para la venta en forma digital. 4°) El limite para la comercializacion de billetes de Loteria en el formato que por la presente se reglamenta, sera 60 (sesenta) minutos antes del inicio del sorteo al igual que la modalidad electronica, 5°) El inicio y la finalizacién de los periodos de comercializacién de esta modalidad de la Joteria seran determinados por la Unidad Ejecutora. 6°) Para aceptar jas apuestas es condicién necesaria que estén registradas y validadas en el Sistema Informatico Central de la DNLQ, a través de! cual se recibe y controla el juego. Para el registro de los datos seran consignados en un soporte informatico que debera encontrarse en poder de esta Unidad toteria.gub.uy Tel. (+5982) 2916 0376 Cerrito 220, Montevideo - Uruguay @ Ministerio de Economfa y Finanzas Direccién Nacional de Loterias y Quinielas Ejecutora para su custodia y archivo, de acuerdo con los requisitos y formalidades establecidas por la normativa vigente, 7°) Una vez finalizado el periodo de comercializacion y antes del sorteo, se entregara a esta Unidad Ejecutora el detalle digital de todos fos billetes y fracciones vendidos de los canales electrénico y web, tanto validos como anulados. Este archivo, que constituira el juego testigo digital del sorteo, debe incluir la firma digital correspondiente y el sello de tiempo que acredite el momento de la firma. 8°) Los premios superiores a $ 500.000 (quinientos mil pesos) seran pagados por la Direccién Nacional de Loterias y Quinielas, quien entregara al apostador, €n caso de corresponder, un Certificado de Cobro de Premios de Loteria 9°) Una vez trasmitida la liquidacién del sorteo de Loterias al servidor de intercambio, se procedera a correr el aplicativo de liquidaci6én de las apuestas, los premios menores obtenidos a través de la aplicacién, se depositaran en forma inmediata en el saldo de libre disponibilidad del usuario, pudiendo ser, si asi lo prefiriera retirados mediante transferencia bancaria o en las agencias fisicas de la red. 10°) Finalizado el proceso de liquidacion, se enviara un archivo que deberd contener el detalle de todas las cuentas en las que se acreditaron los aciertos de la aplicaci6n, con la correspondiente firma digital y el sello de tiempo que acredite el momento de la firma, lo cual conformara el archivo de documentos de juegos pagos de la modalidad web de! sorteo. 11°) Este procedimiento se habilitaré su implementacion para todos los sorteos que sé celebren a partir de la presente resolucidn. 12°) Se prevé la valoracién del impacto de esta medida mediante una evaluacién debidamente comprobada no inferior a 120 dias, pudiendo adoptar la Unidad Ejecutora las medidas correctivas necesarias. 13°) Los ingresos derivados de esta modalidad seran imputados a una cuenta dei Organismo constituida especificamente a los efectos de controlar la retencion del 7% en concepto de IRPF sobre las comisiones. 14°) A falta de disposicién expresa de la presente Resolucién, regiran aquellas aplicables al juego de Loteria que no se opongan a la presente o que su aplicacién no resulte incompatible con lo estipulado en esta. 15°) Comuniquese al Ministerio de Economia y Finanzas. 16°) Comuniquese a las Bancas de Cubierta Colectiva de Quinielas de Capital e Interior del pais, Banquidur GIE, AAQI, ADAOL y ADAOLI. loteria.gub.uy Tel. (+5982) 2916 0376 Cerrito 220, Montevideo - Uruguay @ Ministerio de Economia y Finanzas Direccién Nacional de Loterias y Quinielas 17°) Pase al Departamento de Informatica para su implementacion y publicacion en la sitio web del Organismo, y en conocimiento Area Loteria, Area de Fiscalizacion y Control de Juego, Division Juegos, Division Inspeccién, Division Recursos Humanos, Materiales y Econémicos y Asesoria Letrada, 18°) Cumplido, archivese. As. 2026-5-8-0000404 MV loteria.gub.uy Tel. (+5982) 2916 0376 Cerrito 220, Montevideo - Uruguay